Disposiciones por medio de las cuales se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana.
Dada en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de julio de 2009
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio;
El Ministro de la Protección Social,
NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 47.417 de 21 de julio de 2009